¿Se puede reutilizar una barandilla tras una reforma en una cubierta?

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Hoy hablaremos de qué es lo que tenemos de hacer en caso de que se realice una reforma o modificación en una cubierta en la que ya existen protecciones colectivas instaladas, en concreto barandillas de protección perimetral. Actualmente, es muy habitual realizar reformas, modificaciones o reparaciones en la cubierta por diversas causas como puede ser la impermeabilización de la misma por perdida de estanqueidad, instalación de placas solares, ampliaciones o modificaciones de instalaciones de AACC o incluso reformas para cambio de uso de las cubiertas y convertirlas en zonas de ocio, etc.

Nos centraremos en cubiertas de edificación, ya que en las naves industriales es menos frecuente hacer reformas, aunque lo que veremos lo podremos aplicar con las especificaciones de su normativa de aplicación.

¿Qué normativa regula la reutilización de barandillas en cubiertas?

Nos centraremos principalmente en:

  • Ley 38/1999, de Ordenación de la Edificación (LOE), exige que los edificios, en su proyecto, construcción, mantenimiento, conservación, uso e intervenciones, deben cumplir los requisitos básicos de edificación, entre ellos seguridad y seguridad estructural.
  • Código Técnico de la Edificación (CTE), aprobado por RD 314/2006 y modificado (por ejemplo, por RD 732/2019). En particular:
    • Documento Básico DB-SE (“Seguridad estructural”) y más concretamente el DB‑SE‑AE Acciones en la edificación, que regula las fuerzas que deben resistir petos, barandillas, antepechos, etc.
    • Documento Básico DB‑SUA (“Seguridad de utilización y accesibilidad”), que regula la seguridad frente a caídas, la altura mínima, los huecos, criterios de escalabilidad, etc.
  • Normas UNE/UNE‑EN de ensayo, diseño de barandillas, resistencia, calidad de materiales, etc., por ejemplo la UNE 85‑238‑91 (barandillas: método de ensayo al empuje horizontal) y otras relacionadas como la 14122-3 y 13374
  • Ley 31/1995, 8 noviembre, de prevención de riesgos laborales y sus normas de desarrollo como RD 486/1997, RD 1215/1997 y RD 1627/1997.

¿Se puede volver a montar una barandilla tras la reforma?

Supongamos que tenemos que llevar a cabo una reforma en la cubierta de nuestro edificio y para ello tenemos que desmontar las protecciones existentes, en concreto, las barandillas de protección perimetral, la duda que se nos presenta una vez terminada la reforma es si podemos volver a montar las antiguas barandillas y la respuesta es sí pero con matices.

Es posible reutilizar una barandilla, pero solo si cumple con los requisitos legales vigentes tanto estructurales como de seguridad, resistencia, geometría, altura, etc. de lo contrario, su reutilización puede ser ilegal o insegura. Lógicamente, no podremos reutilizar una barandilla o cualquier equipo de seguridad laboral, especialmente para prevenir riesgos de caída en altura, si ha sido utilizado sufriendo una deformación para evitar la caída de la persona, es decir, si ha ocurrido un accidente y la protección colectiva ha tenido que actuar. En ese caso no podemos utilizar la misma barandilla, se requiere desmontar el tramo afectado, siempre que sea posible, y sustituirlo por uno nuevo.

Recordemos que las barandillas son fabricadas según los requisitos establecidos en la norma UNE-EN que sea de aplicación y, por tanto, deberá de verificarse y mantenerse el cumplimiento de dichos requisitos

Factores que determinan si una barandilla puede reutilizarse

Según la reforma que se haga en la una cubierta pueden cambiar varias circunstancias que afectan la validez de la barandilla y, por tanto, a su seguridad:

Cambio en el uso de la cubierta

Si la cubierta pasa de ser “no transitable” (acceso solo para mantenimiento) a ser “transitable” para uso habitual, a terraza, etc., entonces la barandilla necesita cumplir normas más exigentes: mayores fuerzas horizontales, alturas más elevadas, requisitos de seguridad frente a caídas.

Cambio en las cargas, geometría o pendientes

Si se añade carga (por ejemplo pavimentos nuevos, jardineras, mobiliario), se cambia su pendiente, o se instala otro material que modifique peso, rigidez, etc., puede afectar a la capacidad estructural de la barandilla o a su fijación en incluso tener que cambiar la tipología de la barandilla porque no se pueda perforar la nueva cubierta.

Alteración del perímetro o de los bordes

Se puede modificar la forma del borde donde está la barandilla, la altura del nivel del suelo del acabado, el alineamiento… todo esto puede modificar la diferencia de cota que se protege, lo que implica otra exigencia de altura mínima de protección.

Normativa vigente más exigente o cambios legislativos

Si la barandilla se instaló conforme a normativas más antiguas, una reforma puede implicar que ahora la exigencia vigente sea mayor, y que la barandilla ya no cumpla dichos requisitos. Además, al intervenir, entra en juego la LOE que exige que en intervenciones de edificios existentes no se reduzcan las condiciones básicas ya existentes si son menos exigentes que las del CTE.

Casos en los que sí se puede reutilizar una barandilla

Una barandilla existente puede mantenerse si:

  • Tras una inspección técnica se verifica que cumple todos los requisitos vigentes aplicables al uso actual y al uso que vaya a tener la cubierta (por ejemplo, categoría de uso, posibilidad de tránsito, desnivel, público / privado).
  • Su estructura, materiales, anclajes, estado de corrosión, fijaciones, no presentan defectos estructurales, deterioro significativo, deformaciones permanentes ni pérdidas de resistencia.
  • La altura de la barandilla es la mínima exigida para la situación actual tras la reforma, o superior. Por ejemplo: si la cubierta queda con desnivel mayor de 6 m respecto al suelo apuntado, la altura mínima será de 1,10 m. Si el desnivel es menor, como 0,90 m. (Según el DB‑SUA CTE)
  • Los huecos entre barrotes u otros elementos no permitan el paso de una esfera de unos 10 cm (norma habitual del CTE SUA para evitar que entren la cabeza de niños) y no existan elementos que favorezcan la trepa.
  • Que la barandilla soporte las cargas horizontales exigidas según categoría de uso, conforme a DB‑SE‑AE. Por ejemplo, en uso residencial, normalmente 0,8 kN/m, en casos de mayor concurrencia o para cubiertas accesibles usadas por personas, pueden exigirse más.

¿En qué casos no debería de reutilizarla?

  • Presenta deterioro estructural (corrosión, fatiga, soldaduras defectuosas, fisuras) que haga que no se cumplan los requisitos de resistencia o estabilidad.
  • Si la altura es inferior a la exigida para la nueva situación tras la reforma y no puede adaptarse.
  • Si los anclajes o la estructura base no pueden garantizar la fijación adecuada con la nueva configuración (por ejemplo, si se ha modificado el soporte o base, o los materiales del borde).
  • Si el uso cambia a uno más exigente y la barandilla no cumple la categoría de carga necesaria.
  • Si los huecos permiten riesgos de caída o escalada o no cumplen los requisitos de seguridad de uso (menores, accesibilidad, etc.).

Ya lo hemos comentado en párrafos anteriores, pero un aspecto fundamental para decidir si es posible reutilizar una barandilla existente o no va a ser el resultado de las inspecciones que se hagan, inspecciones que serán en unos casos solo visuales y en otros requerirá ensayos y pruebas con laboratorio.

Inspecciones que pueden realizarse

Inspección visual exhaustiva

  • Estado de los materiales: oxidación, corrosión, desgaste, deformaciones, grietas, soldaduras.
  • Estado de los soportes / anclajes al forjado, estructura, borde: si hay corrosión o rotura, desprendimientos, deslizamientos.
  • Verificar si ha habido daños por impacto, degradación por agentes atmosféricos, problemas de fijaciones.

Medición de geometría

  • Altura real libre: desde nivel de suelo acabado hasta el borde superior de la barandilla.
  • Huecos entre barrotes u otros elementos: deben cumplir límite del CTE (normalmente para esfera de 10 cm u otro criterio).
  • Ver si hay salientes o elementos “escalables” que faciliten la trepa.

Ensayo de resistencia

  • Ensayo de empuje horizontal: aplicar carga horizontal uniforme según el DB‑SE‑AE, categoría de uso y medir deformación, resistencia, posible deformación residual. Ejemplo: norma UNE 85‑238‑91. Verificación de rigidez: que no se deforme excesivamente ni se produzcan movimientos peligrosos.

Verificación de la capacidad portante del soporte / estructura

  • Que la estructura a la que se fija la barandilla (forjado, borde de cubierta, peto, perfil metálico, etc.) tenga la resistencia suficiente.
  • Verificar que no se ha modificado la carga transmitida o las condiciones de apoyo tras la reforma.

Revisión normativa específica aplicable

  • Ver que se cumplen las normas UNE / UNE‑EN / UNE‑EN ISO aplicables (materiales, vidrio, perfiles, tratamientos anticorrosión, etc.).
  • Confirmar que no hay restricciones particulares, municipales, protección patrimonial, ordenanza local que exija estándares particulares.

Documentación y certificación

  • Tener documentación de origen, si disponible, sobre la barandilla: especificaciones, ensayos, certificados de calidad.
  • Si no hay, realizar ensayos in situ y emitir un informe técnico firmado por técnico competente que justifique la reutilización.

Si el resultado de las inspecciones anteriores nos da como resultado que la barandilla existente no cumple los requisitos y no puede adaptarse o corregirse con costes razonables, se deberá considerar:

  • Sustitución completa por un sistema nuevo que cumpla con el CTE y normas UNE pertinentes, diseñado para la nueva situación de la cubierta.
  • Adaptación parcial: reforzar los anclajes, aumentar la altura mediante prolongaciones, añadir elementos de protección intermedia(s), cambiar los materiales degradados.
  • Instalación de un nuevo peto de borde si la barandilla era solo parcial o de tipo ligero, y se necesita que haya muro/peto para cumplir altura o resistencia.
  • En algunos casos, si no se va a dar uso de tránsito frecuente y solo mantenimiento, podría admitirse un sistema temporal o menos exigente, pero siempre conforme con la normativa aplicable a trabajos en altura (por ejemplo, normas de protección colectiva).

Conclusión

Cuando tengamos que realizar una reforma que implique o afecte a las protecciones colectivas instaladas se deberá de estudiar cómo afecta dicha modificación a las garantías de las prestaciones de las barandillas existentes lo que implicará, en muchas ocasiones, la inspección de las mismas y sus nuevos requisitos de instalación y uso.

Dada la importancia que tiene la elección de la barandilla, su correcta instalación así como sus revisiones desde nuestro departamento técnico, en Ypsos siempre recomendaremos que sea una empresa especializada quien lleve a cabo las inspecciones y establezca y compruebe el cumplimiento de los nuevos requisitos de la barandilla en función de la nueva cubierta.

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