¿Qué hacer en caso de un accidente en altura?

Foto para portada de un casco y arnés para el articulo de como actuar en caso de caída en trabajo en altura

Trabajar en altura implica asumir riesgos importantes que deben ser considerados de forma responsable. Las caídas desde altura siguen siendo una de las principales causas de accidentes graves y mortales en el entorno laboral. Por eso, además de contar con protocolos de actuación eficaces, es necesario cumplir con la normativa de prevención de riesgos laborales. En este artículo vamos a explicar qué hacer ante un accidente en altura, haciendo referencia directa a los artículos aplicables de la legislación española, y terminaremos exponiendo un par de casos prácticos.

¿Cuáles son los pasos inmediatos a seguir tras un accidente en altura?

Riesgos más comunes

Los trabajos en altura son aquellos que se desarrollan a más de 2 metros sobre el suelo, incluyen actividades sobre cubiertas, andamios, escaleras, plataformas o estructuras elevadas. Estos trabajos presentan riesgos como:

  • Caídas a distinto nivel.
  • Hundimiento de superficies.
  • Ausencia o fallo de dispositivos anticaída.

Pasos inmediatos

Activar el plan de emergencia

Ante un accidente, el primer paso es activar el plan de emergencia y evacuación, que debe estar incluido en el sistema de gestión de la prevención de la empresa o en caso de tratarse de una obra, en el Plan de Seguridad y Salud del centro de trabajo.

Normativa aplicable:

  • LPRL, Art. 20: Obligación del empresario de analizar posibles emergencias y adoptar las medidas necesarias, incluyendo primeros auxilios, lucha contra incendios y evacuación.
  • RD 1627/1997, Art. 7: El plan de seguridad y salud debe incluir procedimientos de actuación ante emergencias.

Evaluar la zona antes de intervenir

Antes de acercarse al trabajador accidentado, se debe comprobar que la zona es segura para evitar daños adicionales a rescatadores o compañeros.

Normativa aplicable:

  • LPRL, Art. 14.2: El empresario debe garantizar que las condiciones de trabajo no suponen un riesgo.
  • RD 1215/1997, Art. 3.2: Obligación de verificar que los equipos de trabajo (como estructuras y andamios) no suponen peligro para los trabajadores.

Inmovilización y atención primaria

Sólo personal formado debe intervenir en la atención del accidentado. Se deben aplicar técnicas de primeros auxilios básicas y evitar moverlo si no es necesario.

Normativa aplicable:

  • LPRL, Art. 19: Formación en primeros auxilios como parte de la capacitación obligatoria del trabajador.
  • RD 39/1997 (Reglamento de los Servicios de Prevención), Art. 37.3: Establece la necesidad de designar trabajadores para la atención de emergencias.

¿Qué protocolos de emergencia debe tener una empresa?

El rescate del trabajador debe realizarse con sistemas adecuados y personal entrenado. Toda actividad en altura debe prever un plan de rescate específico.

Normativa aplicable:

  • RD 773/1997, sobre uso de EPI:
    • Art. 3: Uso obligatorio de equipos anticaídas con instrucciones claras de uso.
    • Anexo II: Los equipos deben prever situaciones de rescate.
  • UNE-EN 363 y UNE-EN 365: Normas técnicas que exigen que los sistemas anticaída incluyan procedimientos de recuperación o rescate.

Prácticas para prevenir riesgos en trabajos de altura

Evaluación de riesgos

Antes de cualquier tarea en altura, es obligatoria una evaluación específica del riesgo, documentada y actualizada.

Normativa aplicable:

  • LPRL, Art. 16.1: El empresario debe realizar una evaluación de riesgos específica para cada puesto de trabajo.
  • RD 1627/1997, Art. 4: La evaluación debe tener en cuenta las condiciones específicas del lugar de trabajo y los medios de acceso.

Formación del personal

La formación específica para trabajos en altura es obligatoria y debe ser periódicamente actualizada.

Normativa aplicable:

  • LPRL, Art. 19: El empresario debe garantizar que cada trabajador reciba formación adecuada sobre los riesgos del puesto y las medidas de emergencia.
  • RD 39/1997, Art. 4.2: Formación específica para trabajos con riesgos especiales, como trabajos en altura.

Uso de equipos adecuados

El uso de Equipos de Protección Individual (EPI) homologados y en buen estado es obligatorio. Esto incluye arneses, líneas de vida y sistemas de anclaje.

Normativa aplicable:

  • RD 773/1997, Art. 2 y Anexo I: Exige que los EPIs sean adecuados, homologados y revisados periódicamente.
  • RD 1215/1997, Anexo II: Exige que las plataformas, escaleras y demás equipos utilizados estén diseñados para evitar caídas.

Supervisión y control

La supervisión es clave para asegurar el cumplimiento de las medidas de prevención.

Normativa aplicable:

  • LPRL, Art. 33: Obligación de consultar y permitir la participación de los trabajadores en las actividades preventivas.

RD 1627/1997, Art. 11: El coordinador de seguridad en obra debe vigilar que las empresas cumplan el plan de seguridad y salud.

¿Cómo es un protocolo PAS tras una caída en altura?

En este apartado plantearemos dos métodos u opciones para llevar a cabo un rescate en altura en caso de accidente durante el desarrollo del trabajo.

Método directo vertical

Este método es el más rápido de realizar, ya que los pasos a seguir son menos elaborados que en otras técnicas. 

  1. Verificaremos la gravedad en la que se encuentra el operario (lesiones, sienta consciente o inconsciente).
  2. Nos acercaremos a él por medio de las técnicas que tengamos más a mano o las que nosotros valoremos más convenientes para después seguir realizando el rescate. Siempre es conveniente tener un tendido de cuerda para una más rápida evacuación.
  3. Con nuestros cabos de anclaje nos uniremos al accidentado, colocando dichos cabos en las anillas del arnés que consideremos más apropiadas para la comodidad tanto del accidentado como nuestra, y para evitar empeorar las lesiones que pueda tener. A veces es conveniente colocar un cabo en la anilla de la espalda y otra en la anilla central delantera, para que le pueda bajar verticalmente y así evitar la colisión de los pies con las estructuras.
  4. Una vez unidos nos aseguramos que los cabos de anclaje estén tensos de tal manera que notemos el peso del accidentado.
  5. Posteriormente desengancharemos al accidentado y, si fuese necesario, cortaremos los elementos a los que esta enganchado (cuerda, cabos de anclaje, cintas, etc.) para que de esta manera su peso se traslade a nuestro arnés y sistema de descenso.
  6. Bajaremos al accidentado hasta la base de la zona de trabajo siempre con el máximo cuidado y atención.

Método indirecto vertical

  1. Verificamos el estado del accidentado, como se encuentra, las lesiones y el estado de las mismas, y si fuera necesario aplicar los conocimientos de primeros auxilios.
  2. Nos acercaremos al accidentado por el método adecuado.
  3. Montaremos las cuerdas de rescate con el sistema de doble anclaje. Puede estar acompañado desde su inicio con un sistema de polipasto si fuera necesario elevar al accidentado para liberarlo de su sistema de seguridad (si esta colgando en el vacío).
  4. Ataremos al accidentado de las anillas de seguridad del arnés. Verificar que las cuerdas llegan hasta el suelo.
  5. Situaremos al accidentado en la vertical y le desengancharemos del sistema de seguridad al que este sujeto.
  6. Lo descenderemos hasta la base de la zona de trabajo con cuidado y si fuese necesario con la ayuda de un tercer operario desde el suelo y una cuerda auxiliar que lo ira separando de la estructura.

Ejemplo práctico de actuación real

Escenario: caída de una cubierta

Un trabajador de mantenimiento se encuentra reparando una cubierta de fibrocemento a 6 metros de altura. La zona no ha sido evaluada como no transitable, y el trabajador, pese a llevar arnés, no está conectado a un punto de anclaje. Pisa una plancha deteriorada y cae al interior del edificio.

Protocolo aplicado

  1. Activación del plan de emergencia conforme al Art. 20 LPRL.
  2. Evaluación del entorno para evitar nuevos riesgos (conforme a Art. 14 LPRL).
  3. Atención primaria por un compañero formado (según Art. 19 LPRL).
  4. Rescate vertical mediante intervención de bomberos y uso de camilla con arnés, conforme a los requisitos del RD 773/1997.
  5. Investigación del accidente e informe a la Inspección de Trabajo conforme a Art. 16.3 LPRL.

Análisis de causas

  • No se identificó la fragilidad de la cubierta en la evaluación de riesgos (Art. 16 LPRL).
  • No se estableció un sistema de protección colectiva (como pasarelas o redes) (Art. 15 LPRL).
  • No se supervisó el correcto uso del EPI (Art. 33 y Art. 19 LPRL).

Conclusión

Responder con toda la rapidez posible y siguiendo el protocolo marcado hace una gran diferencia en la gravedad del accidente en altura. Sin embargo, la clave está en prevenir, en cumplir la normativa y en mantener una formación constante. La legislación española en PRL proporciona un marco sólido para poder garantizar total seguridad, pero su eficacia depende de su aplicación en la realidad, y compromiso por parte de todos los implicados en este tipo de trabajos, como trabajadores, empresarios y servicios de prevención.

Esperamos que este post le haya servido para tener una idea aproximada de las actuaciones a llevar a cabo en caso de un accidente en altura, en cualquier caso estamos a su disposición para cualquier duda.

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